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Tipo único: el invento de la pólvora

La reforma tributaria española de 1978 tuvo dos grandes virtudes. La primera, incorporar a España a los sistemas tributarios modernos, introduciendo figuras tributarias de base amplia que intentaban reflejar la capacidad tributaria real de los contribuyentes. La segunda, articular un sistema formalmente progresivo, en el que la progresividad descansa en un Impuesto sobre la Renta con una estructura de tarifas progresiva, que sirve de contrapunto a la imposición indirecta que, por su naturaleza, se aproxima más a criterios de proporcionalidad en el gravamen.

Como es obvio, la progresividad que se podría deducir de la tarifa del Impuesto sobre la Renta no tiene por qué coincidir con su progresividad efectiva por dos razones: porque los restantes elementos que configuran el impuesto, tales como los beneficios fiscales o los tratamientos preferenciales a determinadas rentas hacen que la progresividad se vea seriamente reducida o porque los contribuyentes no declaran la totalidad de sus rentas. Ciertamente, el Impuesto sobre la Renta en España ha visto desvirtuada la progresividad aparente con que nació por la utilización sistemática de estas dos vías, con la complicidad por acción u omisión de los respectivos gobiernos de turno que han usado y abusado de las excepciones fiscales con argumentos y efectos más que discutibles y que, en el caso del fraude fiscal, no han sabido, podido o querido llevar a cabo una política sistemática de lucha contra el mismo. No es de extrañar, por tanto, que la percepción social sea, mayoritariamente, la de que en este país no paga ni Dios.

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Frente a este estado de cosas aparece la propuesta de reforma del Partido Socialista para introducir un tipo único. Entiendo que la propuesta, de forma resumida y aún inconcreta, consiste en la aplicación de un tipo marginal igual para todas las rentas percibidas por encima de una determinada cantidad, que constituiría un mínimo exento amplio. Dos son las virtudes que se predican de esta propuesta: la simplicidad y la modernidad de la misma. La progresividad se mantendría por aplicación del mínimo de renta exenta. Supongo, también, aunque esta es materia sobre la que no existe un pronunciamiento claro, que se pretende mantener la capacidad recaudatoria del impuesto, al menos, en sus niveles actuales.

Existen tres objeciones generales de calado frente a este planteamiento. La primera de ellas se refiere al tipo único que se va a establecer. Salvo en el caso de que el tipo único sea igual al tipo marginal máximo que actualmente tiene el IRPF, el 46%, las rentas más elevadas van a recibir un tratamiento nominal más favorable del que tienen en la actualidad. Como este no es el caso, y las indicaciones efectuadas van en la línea del tipo medio efectivo actual del Impuesto sobre Sociedades, que se sitúa en torno al 28/30%, el establecimiento de este tipo supondría sin duda un desahogo para los contribuyentes más ricos.

La segunda objeción es que, para que el grado de progresividad sea suficientemente significativa, esto es, que exista una diferencia efectiva en cuanto al tamaño de la contribución entre los niveles de renta medios y los más elevados, el mínimo exento tiene que ser suficientemente elevado y estar en el entorno de los dos millones de pesetas. Esto supone que las rentas por debajo de esta cifra no pagarían impuestos, con lo que se produce una reducción de los contribuyentes en la parte baja de la tabla. La conclusión es obvia. Si se reducen las rentas que tributan por abajo y por arriba de la tabla, para mantener un nivel recaudatorio hay que recaudar más de los contribuyentes de la parte media

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La tercera objeción, y quizá la más importante, es que con la tarifa única sólo se modifica la progresividad formal del impuesto, pero no necesariamente la efectiva. Aunque con tipos más bajos, quienes defraudan más, salvo que se adopten otras medidas, pueden seguir defraudando. Eso sí, en este caso con la conciencia más tranquila, porque defraudan menos.

Una propuesta de reforma desde la izquierda debería contener, en mi opinión, dos elementos: una seria reducción de los beneficios fiscales que no se justifican por razones sociales y económicas y una decidida lucha contra el fraude fiscal. No es posible revestir con el manto de la innovación propuestas rancias que, además, resultan poco coherentes con los planteamientos de una izquierda progresista. En 1962, en su libro Capitalism and Freedom, el conocido economista Milton Friedman afirmaba: 'El impuesto sobre la renta que a mí me parece mejor es el impuesto de tipo fijo sobre la renta por encima de una exención determinada, definiendo la renta en términos muy amplios, y limitando las deducciones estrictamente a ciertos gastos necesarios para la obtención de la renta'. Supongo que Friedman no soñó nunca con un apoyo tan decidido a sus tesis desde el terreno de la izquierda.

Enrique Villarreal es profesor del departamento de Economía Aplicada de la Universidad de Valencia.

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